No todos los daños tienen el mismo origen ni se reclaman de la misma forma. En Derecho civil, la responsabilidad puede ser contractual o extracontractual, dependiendo de si el perjuicio deriva del incumplimiento de un contrato o de una actuación que causa un daño sin existir una relación contractual previa.
Distinguir correctamente entre ambas figuras resulta fundamental, ya que determinará la normativa aplicable, los requisitos de la reclamación y la estrategia jurídica más adecuada.
La responsabilidad contractual surge cuando una de las partes incumple las obligaciones asumidas en un contrato.
El incumplimiento puede consistir, entre otras situaciones, en:
Con carácter general, el Código Civil regula esta responsabilidad en los artículos 1101 y siguientes.
Algunos ejemplos habituales son:
La responsabilidad extracontractual aparece cuando una persona causa un daño a otra sin que exista un contrato entre ambas.
En estos supuestos, la eventual obligación de indemnizar no deriva del incumplimiento de un contrato, sino del daño causado a otra persona cuando concurren los requisitos establecidos por la ley.
El artículo 1902 del Código Civil establece que quien, por acción u omisión, cause daño a otro interviniendo culpa o negligencia, estará obligado a reparar el daño causado.
Algunos ejemplos son:
Aunque en ambos casos puede existir derecho a reclamar una indemnización, existen diferencias importantes.
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Responsabilidad contractual |
Responsabilidad extracontractual |
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Existe un contrato entre las partes. |
No existe contrato previo. |
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El daño deriva del incumplimiento de una obligación pactada. |
El daño deriva, con carácter general, de una conducta que causa un perjuicio. |
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Se aplica la normativa sobre incumplimiento de obligaciones contractuales. |
Se aplica, con carácter general, el artículo 1902 del Código Civil. |
Cada supuesto requiere un análisis individualizado para determinar cuál es la acción más adecuada.
Cuando concurran los requisitos legalmente exigidos, tanto en los supuestos de responsabilidad contractual como de responsabilidad extracontractual, podrá reclamarse la correspondiente indemnización por los daños y perjuicios sufridos.
Dependiendo del caso, podrán reclamarse:
La procedencia de cada concepto dependerá de las circunstancias concretas del supuesto.
Si deseas ampliar información sobre la indemnización por daños y perjuicios derivados de un incumplimiento contractual, así como sobre el daño emergente y el lucro cesante, puedes consultar nuestro artículo «Daños y perjuicios por incumplimiento contractual: cómo reclamarlos«.
Uno de los aspectos fundamentales de cualquier reclamación consiste en acreditar tanto la existencia del daño como su cuantía.
Para ello pueden resultar especialmente útiles:
Cuanto mejor documentado se encuentre el daño, mayores serán las posibilidades de éxito de la reclamación.
Antes de acudir a los tribunales resulta recomendable analizar la documentación disponible y valorar la estrategia jurídica más adecuada.
En muchos casos también será conveniente realizar un requerimiento previo a la parte responsable o intentar una solución extrajudicial cuando ello resulte posible.
Asimismo, conviene comprobar si, atendiendo a las circunstancias del caso y a la normativa aplicable, resulta necesario acudir previamente a un medio adecuado de solución de controversias (MASC) antes de presentar la demanda.
Determinar si un supuesto constituye un caso de responsabilidad contractual o extracontractual no siempre resulta sencillo.
Si has sufrido un perjuicio y tienes dudas sobre la viabilidad de una reclamación, ponte en contacto conmigo. Analizaré tu caso de forma personalizada y te asesoraré sobre las opciones legales más adecuadas para la defensa de tus derechos e intereses.
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